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A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, los bancos quedaron habilitados para prestar hasta el 15% de sus depósitos en moneda extranjera al sector productivo con ingresos en pesos.

El Poder Ejecutivo oficializó este viernes la flexibilización del acceso al financiamiento bancario en moneda extranjera para personas jurídicas que no pertenecen al sector exportador, una medida orientada a volcar la liquidez en dólares del sistema financiero hacia la inversión productiva y dinamizar la actividad económica.

La decisión quedó formalizada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 736/2026, publicado en el Boletín Oficial, el cual modificó el artículo 23 del Decreto 905/2002. Dicha normativa, establecida tras la crisis de 2001, restringía de forma estricta la concesión de préstamos en divisa estadounidense únicamente a prestatarios con ingresos directos o indirectos derivados del comercio exterior.

A partir del nuevo marco regulatorio, las entidades bancarias podrán utilizar hasta un tope del 15% del total de sus depósitos en dólares para otorgar financiamiento a empresas radicadas en el país, incluidas aquellas orientadas al mercado interno cuyos flujos de ingresos están denominados en pesos. La disposición está dirigida exclusivamente a personas jurídicas y excluye de manera taxativa a personas humanas.

El ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, afirmó que el esquema busca corregir el desbalance entre el ahorro acumulado en los bancos y la oferta de financiamiento privado. "Va a bajar las tasas, va a generar empleo y va a ayudar a reactivar la economía", señaló el funcionario, al tiempo que precisó que las empresas tomadoras de estos créditos deberán liquidar las divisas en el mercado oficial de cambios para convertirlas a moneda nacional.

Por su parte, el Banco Central de la República Argentina (BCRA), presidido por el economista Santiago Bausili, estableció un conjunto de normas macroprudenciales para mitigar eventuales riesgos crediticios y de descalce cambiario.

Dentro de estas directrices técnicas, la autoridad monetaria determinó que las operaciones contemplarán una exigencia de capital mínimo equivalente al 125% en comparación con créditos estándar, computarán a razón de 1,25 veces para los límites de concentración y exposición crediticia, y obligarán a los bancos a evaluar la solvencia de las firmas frente a distintos escenarios de volatilidad en el tipo de cambio.

En el Palacio de Hacienda proyectan que la habilitación del esquema permitirá movilizar un volumen crediticio adicional de entre 6.000 y 10.000 millones de dólares. Según indicaron desde el equipo económico, la medida atiende a una demanda de diversos sectores industriales y comerciales que enfrentaban limitaciones para fondear proyectos a mediano y largo plazo ante los costos de financiamiento vigentes en moneda local.