Lo concretó Azucena López de Berteto, tras el rechazo del recurso de casación, y el dictamen de la justicia de sobreseimiento a los dos únicos imputados en la causa. –Diario de Catamarca

A diez años de la tragedia de El Rodeo, en la que perdieron la vida 12 personas, de las cuales hasta hoy en día, todavía sigue sin aparecer los restos de la joven santiagueña, Ana Carolina Sal Castiglione, sigue siendo una gran herida abierta, para todos los catamarqueños. Recientemente la justicia, determinó el sobreseimiento total y definitivo por prescripción de la acción penal del “delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público”, a los dos últimos imputados que quedaban en la causa del trágico alud: Alfredo Vicente Saavedra y Felix Casas Doering.

A raíz de que, la justicia rechazará por extemporáneo el planteo del falló agotando la instancia de recurrir a la Corte de la Justicia de Catamarca o la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Azucena Lopez de Berteto, querellante en la causa presentó una queja ante la Corte de Justicia de Catamarca, por el rechazo del recurso de casación.

El Juez, Juan Rosales, subrogante del Juzgado Correccional  de Segundo Nominación, había dictado el sobreseimiento definitivo de Felix Juan Casas Doering, ex intendente de El Rodeo, y Alfredo Vicente Saavedra, Ex director de Defensa Civil.

El magistrado, explicó que el sobreseimiento se debía al haber operado el plazo de prescripción de la acción penal “El artículo 77 del Código Penal señala que los términos funcionario público y empleado público se refieren a todo aquel que participa accidental o permanentemente del ejercicio de funciones públicas, sea por elección popular o por nombramiento de autoridad competente.

Ahora bien, se entiende por cargo público no cualquier empleo estatal sino al funcionario cuyo cargo o función jerárquica le permita evitar, a través de las facultades o influencias emergentes del propio ejercicio de la función pública, contar con la posibilidad cierta y concreta de obstaculizar la investigación de los hechos, valiéndose del paso del tiempo a través de la prescripción de la acción penal mediante el empleo de su autoridad o influencia para perjudicar el ejercicio de la acción penal”. En el caso de Casas Doering, a partir del 9 diciembre de 2015 dejó de ser intendente de El Rodeo y pasó a ser un ciudadano, “Por lo tanto, la causal de suspensión del plazo de prescripción de la acción desapareció desde el momento en que este dejo de ser intendente municipal”, remarcó.

HECHOS

El alud que provocó una tragedia inimaginable en la historia de la provincia, inició a las 22:30 de un 23 de enero del 2014, en El Rodeo, luego de una intensa lluvia en las cumbres del cerro el Ambato, lo que produjo una fuerte crecida en el río, que arrasó con el Camping Municipal, dejando un saldo fatal de 12 personas fallecidas.

Aunque fue un fenómeno natural, la crecida mortal del rio Ambato, pudo ser alertada y en eso se basan los familiares que sobrevivieron para reclamar justicia. La causa judicial en sus inicios tuvo 13 imputados, pero en 2019 el fiscal Jonathan Felsztyna, solicitó el sobreseimiento ratificado por la Corte de Justicia, para once de los sospechosos entre los que se encontraban el ex gobernador Eduardo Brizuela del Moral y otros funcionarios. 

López Berteto sostiene que el Poder Judicial no ha dado respuestas a las víctimas, basando su queja en la omisión del cómputo de los días, señalando que la corte había suspendido los plazos judiciales el 5 de julio. 

Consecuencia de esta tragedia, perdieron la vida Adrián libio Álvarez de 54 años, su esposa Graciela Contreras de 51 años y sus hijos Emiliano de 21 y Darío Álvarez de 13 años. Murieron también Agostina de 5 años y Dahiana Ahumada de 7 años, María Luisa Castiglione de 52 y Dora González de Castiglione de 78 años, María Zulma Mendibe de 39, su hija Candelaria Díaz Mendibe de 5 años y Romina Julieta Silva de Ahumada.  

El pedido de justicia que se sostiene en el tiempo, gira en torno a que los puentes de de la villa de El Rodeo, en El Mástil y el otro ubicado en Villafáñez fueron construidos sobre el cauce del río actuando aquella noche del 23 de enero como dique de contención y logrando que el barro piedras y el agua avance por el pueblo. También se supo que el balneario estaba mal emplazado y que los sistemas de alerta temprana no funcionaron impidiendo la evacuación de la gente.