El fallo suspendió la esencialidad del servicio aeronáutico que había reglamentado el Gobierno para impedir los paros.
Por un reclamo del gremio de pilotos que conduce Pablo Biró a la Justicia laboral, por lo que el Juzgado del Trabajo N°42 determinó que la reglamentación que declaraba esencia el servicio aeronáutico impulsada desde el Gobierno atentaba contra el derecho a huelga, consagrado en la reforma constitucional de 1957.
Desde un juzgado laboral emitieron un fallo que suspendió este jueves la reglamentación que impulsó el Gobierno de Javier Milei para declarar como "servicio esencial" el servicio aeronáutico. Por esto, la Justicia hizo lugar a un amparo que presentó el gremio de los pilotos que dirige Pablo Biró, ferviente opositor al Gobierno nacional.
Según considera el fallo, dicha reglamentación es contraria a la Constitución Nacional dado que atenta contra el derecho a huelga. La determinación llegó desde el Juzgado del Trabajo N°42, a cargo de Ricardo Hierrezuelo, el cual dispuso como cautelar la suspensión de los Decretos 825/24 y 831/24, que impedían el paro de los gremios aeronáuticos.