El Tribunal Oral Federal 2 despejó dudas sobre las normas de conductas impuestas en el fallo que estableció la prisión domiciliaria para la expresidenta.

Mucho se ha hablado en los diferentes medios -especialmente, los alineados al Gobierno nacional- sobre el uso del balcón del departamento de Constitución por parte de Cristina Kirchner. Como es sabido, ese espacio significa mucho para la militancia que, desde que la Corte Suprema dejó firme la condena, se ha presentado día a día frente al inmueble ubicado en San José 1111.

Al respecto, la mismísima exmandataria se refirió a esto en su discurso durante la marcha en favor de ella de este miércoles. Tras ello, el Tribunal Oral Federal 2 emitió un escrito para aclarar si Cristina puede o no hacer uso de ese espacio.

En este sentido, la decisión de los jueces fue determinante: "A fin de despejar cualquier duda sobre el alcance de la referida norma de conducta impuesta, debemos recordar (aunque resulte ocioso) que el tribunal no ha vedado a la Sra. Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, en principio, el uso y goce de ningún espacio específico de la arquitectura del inmueble en el que habita".

Y agrega: "Y en cuanto al comportamiento que se le exige adoptar en el citado inciso, se espera de la solicitante el criterio, la prudencia y el sentido común suficientes para discernir en qué contexto el uso del balcón resultará una acción inocua y en cuál podrá implicar una perturbación para la tranquilidad y la convivencia pacífica del vecindario y sus habitantes (única y exclusiva situación que se pretende proteger con la regla de conducta en cuestión)".