Fue durante la Décima Novena Sesión Ordinaria encabezada por la vicepresidenta del cuerpo, senadora Andrea Lobo- Diario de Catamarca 

En este marco se dio sanción definitiva a dos normativas de gran interés para la provincia como la creación del Banco de Prótesis Traumatológica y Elementos de Osteosíntesis y la adhesión al Título II de la Ley Nacional N° 27.743.

Banco de Prótesis Traumatológica y Elementos de Osteosíntesis

Conforme a la Orden del Día, el Pleno convirtió en Ley N° 5.868 la Creación del Banco Provincial de prótesis Traumatológica y Elementos de Osteosíntesis en la Provincia de Catamarca, impulsada por el Poder Ejecutivo con el objetivo de dar respuesta a los ciudadanos en forma oportuna, respetando así el derecho constitucional de todos. "Para ello es necesario que el sistema de salud tanto público como privado cuente con los materiales necesarios para que el grupo interdisciplinario de atención pueda accionar en forma necesaria" subraya entre sus fundamentos la iniciativa que tuvo como miembro informante al senador José Alaniz Andrada.

"En la actualidad, las Prótesis, Materiales Ortopédicos y de Osteosíntesis llegan los hospitales públicos luego de seguir el trámite administrativo general a cada paciente, dicho trámite tiene una dilación de más de 30 días por los circuitos administrativos que deben cumplir, por lo que los pacientes deben ser hospitalizados hasta que se pueda efectuar el procedimiento quirúrgico que daría respuesta definitiva a la lesión, generando así un costo de internación que se podría evitar si los pacientes fueran externados mucho menos tiempo contando con prótesis, Materiales Ortopédicos y de Osteosíntesis al momento de ser necesarias"  se explica tras considerar que los inconvenientes y costos que se generan al esperar podrían revertirse con la existencia de un banco de Prótesis,

Materiales Ortopédicos y de Osteosíntesis, que nuclee los elementos que resulten necesarios a los fines de dar una respuesta rápida satisfactoria.

Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes

A continuación, el Cuerpo dio sanción definitiva al proyecto de Ley mediante el cual la Provincia de Catamarca adhiere al Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.

Según el articulado de la Ley a la que se asignó el N° 5.869, se establece que los sujetos habilitados que adhieran al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, conforme el Título II, Régimen de Regularización de activos de la Ley Nacional N° 27.743 y sus normas reglamentarias, que accedan a los beneficios dispuestos en dicha Ley y en tanto no se verifique el cese de los mismos conforme los términos allí prescriptos, quedan exceptuados del pago de los siguientes impuestos: a. Impuesto inmobiliario; b. Impuesto a los automotores; c. Impuesto sobre los Ingresos Brutos; y d. Impuesto de sellos.

La "Ley de Adhesión al Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes", introduce significativas reformas en el ámbito fiscal, entre las cuales se destaca la implementación de un régimen de regularización de obligaciones fiscales.

"Este régimen encuentra su causa en la delicada situación económica y financiera de los contribuyentes, la cual es de extrema fragilidad dada la coyuntura actual y que ha derivado en un incumplimiento de obligaciones fiscales que ha repercutido negativamente en la recaudación fiscal, agravando la crisis presupuestaria" manifiesta parte de los fundamentos elevados por el Poder Ejecutivo que fueron presentados por la senadora Andrea Lobo ante sus pares.
 
Interés Legislativo

Sobre tablas, las y los senadores acompañaron el proyecto autoría del representante de la Capital, Ramón Figueroa Castellanos a través del cual se declara de Interés Parlamentario el 12° Encuentro Nacional de Estudiantes de Agrimensura (ENEA), a realizarse entre el 9 y 12 de octubre del presente año en San Fernando del Valle de Catamarca.