En medio del debate en Diputados para finalmente sancionar la Ley Bases, el Gobierno extendió nuevamente los vencimientos. Cuá es la nueva fecha.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), prorrógo los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias a través del SiRADIG-TRABAJADOR, correspondiente al período fiscal 2023. Así lo estableció el Gobierno este jueves a través de la Resolución General 5519/2024 publicada en el Boletín Oficial.
Para comprender, los empleados en relación de dependencia anualmente deben presentar un formulario donde declaran la totalidad de las deducciones que corresponde descontar en la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias que realizan los empleadores (por ejemplo, gastos médicos, salarios pagados al personal de casas particulares)
En este marco, desde el ente regulador argumentaron que la medida es "en beneficio de los trabajadores, ya que el paquete fiscal (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes) que se encuentra en trámite parlamentario, introduce una serie de beneficios que resultan aplicables a la liquidación del Impuesto a las Ganancias del año pasado".
Vale recordar que durante el 2023 se dictaron dos decretos que redujeron el Impuesto a las Ganancias de los trabajadores, pero estos decretos debían ser validados por el Honorable Congreso de la Nación a efectos de que adquieran fuerza de ley.
En ese contexto, las percepciones que los trabajadores tengan a su favor por gastos realizados en el exterior, también deberán computarse. La modificación expuesta se realiza con el único objetivo de favorecer a los trabajadores. De otra manera, los empleados en relación de dependencia deberían abonar el impuesto que no fue cobrado el año pasado.
Cabe destacar que esta resolución se oficializa el mismo día que se lleva adelante una sesión especial en Diputados, en la cual el oficialismo se estaba asegurando una mayoría ajustada para poder aprobar la restitución de Ganancias y las reformas de Bienes Personales contempladas en el proyecto de ley del paquete fiscal.
¿Cuál es la nueva fecha?
La medida extiende la fecha límite hasta el 15 de julio inclusive, siendo la cuarta vez que AFIP prolonga el periodo establecido para llevar a cabo la presentación del formulario de declaración jurada.
El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que la relevancia de la aprobación reside en que la Constitución Nacional “impide al Poder Ejecutivo dictar decretos de necesidad y urgencia en materia tributaria” y recordó que “el Gobierno anterior instruyó a la AFIP a modificar las escalas del Impuesto a las Ganancias para 2023, sin que el Congreso Nacional ratificara estas modificaciones”.
De esta manera, sostuvo que “sin la prórroga, los empleadores deberían realizar las liquidaciones anuales con las escalas originales de la ley, lo que podría resultar en deudas para los empleados”, y agregó que “estas deudas absorberían total o parcialmente las percepciones informadas por los empleados y, en algunos casos, podrían ser mayores”.
Continuando en esa línea, Domínguez señaló que “desde el punto de vista de los empleados hay una nueva demora en la devolución de las percepciones de ganancias que informaron a sus empleadores” y aseguró que “el problema principal radica en que, si la liquidación anual se realizara hoy, es probable que, en lugar de recibir una devolución, los empleados se enfrenten a una deuda a pagar”.