El magistrado Walter Lara Correa consideró que el tratamiento de las impugnaciones al decreto de Javier Milei que amplió las facultades del sistema de inteligencia no revisten de la urgencia suficiente para tratarse en la feria judicial.

La Justicia en lo Contencioso Administrativo decidió no tratar durante la feria judicial los amparos presentados contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Javier Milei que reconfiguró la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) y amplió sus atribuciones.

A instancia del fiscal Fabián Canda, el juez de feria, Walter Lara Correa, rechazó las cinco solicitudes y sostuvo que las cuestiones planteadas deben ser analizadas por los jueces naturales una vez finalizado el receso.

El magistrado adoptó el mismo criterio en todas las presentaciones al recordar que la feria judicial es un ámbito de excepción, reservado únicamente para asuntos de urgencia, y remarcó que existen múltiples causas, tanto individuales como colectivas, que cuestionan el mismo decreto, al tiempo que señaló que la situación abre interrogantes procesales que no pueden resolverse en el actual contexto, como la posibilidad de unificarlas o definir si corresponden a un proceso colectivo.

“Cada magistrado natural es quien deberá evaluar la existencia, o no, de convergencias o divergencias entre las distintas causas”, expresó Lara Correa en una de sus resoluciones, en respuesta a la presentación de los diputados de la Coalición Civica, Maximiliano Ferraro y Mónica Frade, y Esteban Paulón, del Partido Socialista. Además, aclaró que la habilitación de feria “no deviene de automática aplicación por el solo hecho de tratarse de medidas cautelares”.

Un criterio similar aplicó el magistrado Lara Correa al rechazar el pedido de la Fundación Apolo, encabezada por Yamil Santoro, quien cuestionaba especialmente el artículo 19 del decreto, uno de los más polémicos, por habilitar al personal de inteligencia a aprehender personas. Para el juez, ese análisis corresponde al trámite ordinario del expediente y no a una decisión excepcional de feria.

Previo a la resolución del magistrado, el fiscal Fabián Canda había fijado postura. En uno de sus pronunciamientos, vinculado a una presentación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), sostuvo que levantar la feria implicaría resolver cuestiones de fondo que deben quedar en manos de los jueces naturales. También subrayó que la habilitación durante el receso es una “medida de excepción” que debe aplicarse de manera restrictiva.

“Las razones de urgencia son aquellas que entrañan un riesgo previsible e inminente de verse frustrados determinados derechos”, afirmó el fiscal, y consideró que esas circunstancias no fueron debidamente acreditadas.

Por su parte, el CELS había advertido que el tema “no admite demoras” y que se buscaba obtener “respuestas judiciales urgentes frente a un actuar ilegal e inconstitucional del Poder Ejecutivo”, además de incompatible con compromisos internacionales asumidos por la Argentina.

El DNU fue firmado el 31 de diciembre, una vez concluido el período de sesiones extraordinarias del Congreso. El decreto reordena el sistema de inteligencia y amplía las facultades de la SIDE. Entre los puntos más cuestionados se encuentra la posibilidad de que agentes de inteligencia aprehendan personas en el marco de sus tareas sin orden judicial.

Un grupo de abogados, entre ellos el exdiputado Leopoldo Moreau, también objetó el nuevo esquema al considerar que “habilita la realización de actividades de inteligencia y contrainteligencia de carácter encubierto sin orden judicial previa, sin delimitación precisa de los supuestos habilitantes y sin control externo eficaz”.