El retiro anticipado es para aquellos hombres con más de 50 años y mujeres con más de 45 años de edad y que tengan una antigüedad mínima de 5 años- Diario de Catamarca
El retiro alcanza a agentes de la administración central, legislativos y municipios que vayan a adherir al régimen
La ministra de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos, Verónica Soria, estimó que en el Poder Ejecutivo hay 10.500 agentes en condiciones de acceder al régimen de retiro voluntario que el Gobierno incluyó en el marco de la Emergencia Económica.
La resolución Nº 180 por la que se reglamentó el Régimen Anticipado de Retiros Voluntarios. En declaraciones radiales, Soria precisó el alcance y cómo será su aplicación.
"Les permite a los empleados públicos poder acceder a un retiro anticipado con beneficios específicos que están bastante interesantes", señaló. Explicó que pueden adherirse aquellos agentes de planta permanente que pertenezcan al escalafón general o gráfico de la Administración provincial y que no sean considerados imprescindibles; agentes de la Carrera Sanitaria que no desempeñan tareas asistenciales y también el personal de Educación que no sea considerado como esencial para el desarrollo de tareas educativas. Quedan excluidos el personal Aeronáutico y el personal del escalafón de Seguridad.
Los hombres tienen que tener 50 años o más y las mujeres 45 años o más, en ambos casos contar con al menos cinco años de antigüedad y tener prestaciones efectivas de servicios hasta el 31 de diciembre del 2023.
Soria destacó algunas particularidades que diferencian esta propuesta con algunos regímenes que salieron hace algunos años. "Además de tener la prestación mensual sin contraprestación de servicios, obviamente, mantiene su obra social, mantiene los aportes jubilatorios y los aportes a AGAP. Esto lo que va a permitir es que el agente retirado, una vez que cumpla con sus requisitos jubilatorios y acceda a su jubilación pueda también gozar del 82% móvil sobre el porcentaje con el que se retiró de la Administración Pública", añadió.
Además, lo que el agente cobra como prestación por el retiro voluntario estará sujeto a las mismas actualizaciones salariales que para los agentes en actividad. Aclaró también que no se percibirá aguinaldo, sino que son 12 prestaciones al año que contemplan las mejoras salariales.
Otro aspecto a considerar es que el retiro voluntario implica la baja del cargo en la planta permanente del Estado. Por lo tanto, esa persona no puede reingresar al Estado en condición de agente permanente. Las únicas excepciones es que asuma algún cargo electivo o como autoridad superior en alguno de los poderes. "En ese caso lo que va a pasar es que se va a suspender la prestación, por el tiempo que dure el ejercicio de ese cargo, y una vez que cese en las funciones va a volver a percibir el retiro voluntario".
También aclaró que en el caso de agentes de Educación o Salud será el titular de cada uno de los ministerios quien defina si el agente interesado en el retiro es imprescindible o no para el Estado.
El régimen es conveniente para aquellos que tienen o pueden desempeñar alguna otra actividad en el sector privado, por ejemplo: "Yo creo que es un régimen bastante interesante para aquellos que tienen la posibilidad de desarrollar alguna tarea o algún trabajo en otros sectores de la economía, tal el caso de los profesionales, por ejemplo, o aquellas personas que tienen algún emprendimiento, alguna actividad empresarial. Me parece que es una buena iniciativa para asegurarse una prestación mensual".
La titular de la cartera de Trabajo señaló que todo el trámite se realizará de manera digital a través de la plataforma Trámites a distancia. Los formularios a completar ya están disponibles online.
Asimismo, se habilitó una línea de WhatsApp a la que se podrán enviar las consultas sobre el régimen. El teléfono es 3834 043341.
Puntos principales
Destinatarios: El Régimen está destinado para agentes del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Tribunal de Cuentas y municipios que adhieran al régimen.
Es para el personal del escalafón general, gráficos. También puede acogerse personal de Salud o Educación, pero con la condición de no ser imprescindible en su tarea. Está excluido el personal aeronáutico y de Seguridad.
Requisitos: Para los hombres es 50 años o más y para las mujeres 45 años o más y contar con una antigüedad mínima de cinco años.
La Ley indica que para calcular el porcentaje de la prestación a recibir por el beneficiario se computarán los años que le falten al agente para acceder al beneficio jubilatorio:
-Hasta 5 años o menos (para jubilarse) se liquidará el 80%.
-Hasta 7 años se liquidará el 75%.
-Hasta 10 años se liquidará el 70%.
-Hasta 14 años se liquidará el 60%.
-Desde 15 años en adelante se pagará el 50%.
El Estado se hace cargo del pago de la obra social, aportes jubilatorios y aporte de AGAP por el 82% móvil sobre el porcentaje del sueldo con el que se retiró.
El trámite para la adhesión es a través plataforma electrónica de “trámites a distancia Catamarca” (TAD CATAMARCA), disponible en el sitio web “https://tad.catamarca.gob.ar”.
Se habilitó una línea de WhatsApp para consultas al número 3834-043341.