El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N° 2 ha resuelto hacer lugar a la medida cautelar de no innovar solicitada por nuestro gremio, ordenando al Estado Nacional a abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo derivado del Decreto 461/2025.- eldiariodecatamarca.com
El Poder Ejecutivo Nacional debe suspender medidas tales como traslados, cesantías, pases a disponibilidad, reubicaciones o cualquier supresión de estructuras que afecten a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), protegiendo así la estabilidad laboral de las y los trabajadores del organismo.
La resolución judicial reconoce el carácter autárquico de la DNV y la vigencia plena de los Convenios Colectivos de Trabajo N.º 874/07 “E” y N.º 827/06 “E”, destacando que cualquier modificación unilateral de las condiciones laborales constituye una violación a los derechos protegidos por nuestra Constitución y los convenios internacionales de la OIT con jerarquía constitucional (87, 98 y 151).