Otro plan de lucha

Empleados del Tribunal de Cuentas continúa con medidas de fuerza

Se realiza con la modalidad de paro total de 11 a 13 horas en reclamo del recorte en el presupuesto del organismo. – Diario de Catamarca

Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincial emitió un comunicado explicando las razones por las cuales se encuentran en plan de lucha.

El documento expresa que el control externo de la Hacienda Pública, establecido constitucionalmente, le ha sido conferido al Tribunal de Cuentas, organismo encargado del control externo, que significa que no pertenece, o esta fuera, de la organización que es controlada. Así el Tribunal de Cuentas controla al Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo y al Poder Judicial, y también tiene competencia para controlar las empresas del Estado, cualquiera sea la participación del mismo, en su capital. Para asegurar, esa independencia propia de la naturaleza del control externo, nuestra Constitución le ha acordado la potestad de darse su propio presupuesto y le ha proporcionado, además, a sus autoridades estabilidad funcional y la inalterabilidad de sus sueldos.

Asimismo, manifiesta que cuando se efectúan significativos recortes en el Presupuesto del organismo (de escasa participación en el presupuesto Provincial), encubiertamente se pretende recortar y limitar el accionar del Tribunal de Cuentas, "Frente a uno de los mayores enemigos de la democracia, como es la corrupción, limitar el presupuesto del órgano de control, no es otra cosa que relajar los límites técnicos que impiden y frenan los hechos de corrupción".

Además, el documento se refiere a los haberes que perciben y al "tope salarial". En este sentido, señalan que: "los agentes del Tribunal de Cuentas, no percibimos, haberes similares a los que perciben los agentes del Poder Judicial. Quienes están equiparados a los haberes de los funcionarios del Poder Judicial, son las autoridades del Tribunal de Cuentas – Presidente y Vocales- que por mandato de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas N° 4621 y su modificatoria Ley N° 4737- Art. 7°, tienen equiparados sus haberes a los Jueces de Cámara del Poder Judicial. Pero, en cuanto a los agentes del Tribunal de Cuentas, tienen fijados sus haberes conforme a un escalafón propio del organismo, distribuido en niveles y agrupamientos. Siendo reajustados sus haberes, siguiendo las pautas que fija el Poder Judicial.

Otro ataque encubierto al Tribunal de Cuentas, lo constituye el proyecto de ley llamado de “tope salarial, que pretende ser el arma de sometimiento y de disciplina hacia los otros poderes del Estado. Colocando al Ejecutivo en la cúspide jerárquica de la trilogía de poderes, violando groseramente el principio Republicano de la división de poderes, sin hegemonías de uno sobre otros, en un funcionamiento armónico y equilibrado de los mismos", concluye el comunicado.

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