La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto varios artículos del decreto impulsado por el Gobierno.

Este martes la Justicia emitió un nuevo fallo contrario al capítulo de reformas laborales del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) impulsado por el Gobierno de Javier Milei.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT), con los votos de Manuel Díez Selva y Silvia Pinto Varela, ratificaron el amparo presentado por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) contra varios puntos del decreto que disponía limites al derecho a la huelga y establecía a la educación como servicio esencial.

La medida define entonces la inconstitucionalidad del DNU 70/23 en lo que respecta a los artículos 86, 87, 88 y 97. Los camaristas se basaron fundamentalmente en lo resuelto en la acción iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que impugnó el DNU de desregulación económico ante la Justicia Nacional del Trabajo por los cambios que produjo en la normativa laboral.

Entre las justificaciones que presenta el fallo para dejar sin efecto estos puntos, señalaron que "por idénticos fundamentos, cabe remitirse a lo expuesto en la sentencia de referencia dictada por el Tribunal de Feria respecto de la ausencia del restante recaudo exigido por la citada jurisprudencia de la Corte respecto de “una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente”.

Señalaron que en este caso no se acreditan los requisitos del dictado de un DNU, en tanto no existía ningún impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso. "Por el contrario, el DNU 70/2023 fue publicado en el Boletín Oficial del 21 de diciembre de 2023 y no establecía fecha de vigencia, por lo que su entrada en vigor debía ser el día 29 del mismo mes", señaló el fallo.

"El 26 de diciembre de 2023, el PEN convocó al Honorable Congreso de la Nación a sesiones extraordinarias desde el mismo día 26 de diciembre hasta el 31 de enero de 2024 (...) se elevó al Parlamento un “Proyecto de ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, en el que se incluyó expresamente como punto a tratar la ratificación del DNU 70/2023" explican.

"Es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU” completaron.

De esta forma, la resolución sienta un antecedente ante el proyecto que declara a la educación como servicio esencial y que ya cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación.