Mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, se impusieron nuevos criterios para que medios y periodistas estén autorizados a trabajar en la sede del Ejecutivo

El Gobierno publicó este viernes una resolución en la que estableció nuevos criterios obligatorios para la acreditación de medios y periodistas en la Casa Rosada. Y fijó, además, nuevas restricciones a lo que pueden hacer los acreditados dentro de la casa de gobierno.

El objetivo declarado de la medida es “ordenar, garantizar la seguridad y promover la pluralidad informativa”. Sin embargo, generó alarma por las nuevas limitaciones y las atribuciones, mucho más amplias y discrecionales, que tendrá ahora el Gobierno para controlar la actividad de los periodistas que cubren al Presidente y sus funcionarios.

La nueva reglamentación fija un sistema de puntos para acceder a las acreditaciones y conservarlas, y contempla como medios de comunicación tanto los “encuadrados dentro de la categoría convencional como no convencional”. Crea nuevas facultades regladas de vigilancia de las conductas de los periodistas: dice, por ejemplo, que “incurrir en dos faltas graves puede provocar la revocación y/o no renovación de la acreditación otorgada”, pero no precisa qué significa “falta grave”.

La noticia se conoce en pleno enfrentamiento de Javier Milei con la prensa. El Presidente acusó a los periodistas de ser “las prostitutas de los políticos” y sostuvo que “la gente no odia lo suficiente a los periodistas”, poniéndose así a la cabeza de una campaña libertaria. Milei atacó, insultó, puso apodos y acusó de delitos a decenas de comunicadores y presentó denuncias penales, él mismo, en la Justicia. Uno de los denunciados por el Presidente fue el columnista de LA NACION Carlos Pagni, a quien querelló por algo que el periodista nunca dijo.

La nueva resolución, para decidir las acreditaciones, enumera criterios como el alcance numérico del medio, la interacción, la cobertura previa, la trayectoria profesional, la diversidad informativa y el compromiso con normas institucionales. Establece puntos para cada categoría y presenta este sistema como una “matriz de evaluación objetiva”, aunque el Gobierno tiene amplia discrecionalidad en su aplicación.

La resolución dice, por ejemplo, que “en caso de puntajes bajos, se podrá presentar una solicitud de revisión con documentación complementaria ante la Autoridad de Aplicación para su consideración” (es decir, ante el propio Gobierno). Y la norma advierte incluso: “La Autoridad de Aplicación podrá revisar los criterios de evaluación establecidos en la presente matriz, a fin de mantener su adecuación técnica y actualidad”.

La nueva resolución también restringe la posibilidad de que los acreditados se muevan dentro de la Casa Rosada (dice que sólo se podrán trasladar “entre los puntos habilitados” y que “la permanencia y circulación en pasillos, oficinas, despachos u otras zonas de la Casa de Gobierno que no estén explícitamente autorizadas a tal fin, se encuentra prohibida”) y advierte que “estará prohibido transmitir en vivo, tomar imágenes o videos en espacios no autorizados”.

También regula cómo deben vestirse los acreditados y dice que, para las conferencias, “el código de vestimenta será formal”. Invoca como fundamento de esta reglamentación le necesidad de “mantener el decoro y el orden correspondiente”.

Sin repreguntas

En cuanto a las conferencias, dice además que el periodista que reciba el micrófono deberá devolverlo “concluida la formulación” de su pregunta, y que sólo podrá volver a preguntar “en el supuesto de habilitarse una nueva intervención”. De este modo, impide las repreguntas.

El texto lleva la firma del vocero presidencial, Manuel Adorni, mientras que los anexos están firmados por su número dos, Javier Lanari, que será -afirma la resolución- la “Autoridad de Aplicación” de la norma. Dispone un plazo de 30 días hábiles para que los medios y profesionales de la comunicación presenten las solicitudes de acreditación para el período que va desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026.

Los periodistas acreditados en la Casa Rosada tomaron con extrema preocupación la noticia de la nueva reglamentación. En intercambios que comenzaron muy temprano por la mañana, advirtieron que es muy restrictiva en términos de quiénes pueden trabajar en la sala de prensa de la sede de gobierno y en qué condiciones se llevará adelante la tarea de retratar al Gobierno e informar las medidas oficiales.

La mayoría de los acreditados sostienen que las nuevas reglas limitan no solo la pluralidad de medios que pueden ingresar a Balcarce 50 sino también la dinámica periodística diaria. La restricción de la capacidad de la sala de periodistas a 25 personas dejaría sin acreditación a más de la mitad de los cronistas actuales, ya que hay oficialmente 88 acreditados y más de 50 que asisten de forma permanente en distintos turnos.

Por otro lado, advierten que las limitaciones de movimiento dentro de la Casa Rosada les impedirían hacer guardias periodísticas y cuestionaron la eventual imposibilidad de hacer repreguntas en las conferencias de prensa así como la posible arbitrariedad a la hora de definir quiénes hacen las preguntas, prerrogativa que hasta ahora corría por cuenta de los miembros de la Sala de Periodistas.

El Gobierno alegó que la actualización de la normativa busca “asegurar el pleno ejercicio del derecho de la ciudadanía a recibir información objetiva, plural y de interés público, en condiciones de igualdad y transparencia”.

La resolución que establece las nuevas pautas es la 1319/2025. Fue publicada este viernes, de madrugada, en el Boletín Oficial. 

A continuación, los principales puntos:

El medio solicitante deberá presentar una declaración jurada en la que indica bajo juramento que los datos presentados son verídicos, que el periodista se compromete a respetar las normas de convivencia y que cualquier falsedad en los datos declarados implica una quita de la acreditación.

La sala de conferencias tendrá una capacidad máxima de 25 puestos destinados a los periodistas bajo la modalidad anual

La franja horaria de acceso a Casa Rosada será de lunes a viernes entre las 6.30 y las 21

La circulación transitoria en áreas comunes será autorizada si es estrictamente necesario o indispensable, ya que los periodistas sólo se podrán trasladar dentro de Casa Rosada entre los puntos habilitados

Cada medio podrá solicitar la autorización para un máximo de dos profesionales, a razón de uno para el turno mañana y el otro para el turno tarde; podrán sumar un profesional suplente

Las autorizaciones son intransferibles

El uso de credencial de manera visible y en todo momento será de carácter obligatorio

Los periodistas deberán mantener un trato respetuoso entre sí y para con los organizadores y conferencistas

Los dispositivos electrónicos deberán estar en modo “silencio” durante las actividades que se desarrollarán

No se permitirá el ingreso a la sala una vez iniciada la conferencia y los periodistas no podrán acercarse al área donde se ubique el conferencista

El conferencista y/o moderador podrá gestionar el uso del tiempo de intervención de los acreditados

El código de vestimenta será formal

Estará prohibido transmitir en vivo, tomar imágenes o videos en espacios no autorizados

Incurrir en dos faltas graves puede provocar la revocación y/o no renovación de la acreditación otorgada

Los acreditados asumen la entera responsabilidad sobre sus equipos, insumos y herramientas que utilicen para trabajar dentro de Casa Rosada

La evaluación para otorgar la acreditación será a través de un sistema de puntaje: 70 es el más alto y el mínimo es 35 de acuerdo a criterios como el alcance numérico del medio, la interacción, la cobertura previa, la trayectoria profesional, la diversidad informativa y el compromiso con normas institucionales. Pero el Gobierno tiene amplias atribuciones para aplicar estas reglas
Para la acreditación anual:

El medio deberá declarar su índice de medición de audiencia y alcance obtenido durante los 90 días corridos inmediatos anteriores a la solicitud, como también el alcance geográfico de cobertura.

Estas métricas deberán estar respaldadas por herramientas verificables y reconocidas en la industria, como Google Analytics, Ibope u otras, y definirán la aceptación o no de la acreditación.

En caso de ser otorgada, una vez transcurridos 180 días corridos, los medios deberán declarar nuevamente su índice de medición de audiencia y alcance. En caso de no presentarlo, o si el nuevo índice declarado refleja que el medio dejó de tener alcance masivo, la acreditación podrá ser suspendida temporalmente hasta tanto se regularice la situación o se acredite nuevamente el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Quedará sin efecto la acreditación si no se registra ingreso a Casa Rosada durante 20 días hábiles, al menos que haya sido por una causa debidamente justificada

Para la acreditación a actividades puntuales:

La solicitud de acreditación deberá realizarse de manera específica con al menos 48 horas hábiles de anticipación de la actividad a cubrir

Tendrá vigencia durante el transcurso de las actividades solicitadas o por un período no mayor a los cinco días hábiles

Se aprobarán las acreditaciones eventuales teniendo en consideración la magnitud de las actividades a realizarse y el espacio físico disponible

Podrán solicitarla profesionales de la comunicación sin vínculo con un medio, en tanto acrediten producción regular y verificable en temas institucionales o vinculados a la labor de comunicación pública. Deberán presentar un portfolio de publicaciones, canal o medio digital activo

Requisitos documentales:

Enviar un correo electrónico a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. asunto “SOLICITUD DE ACREDITACIÓN ANUAL/EVENTUAL”

Carta firmada por el/la jefe periodístico/a o editor/a o responsable del medio con: datos del medio de comunicación con razón social y nombre fantasía o marca comercial, nombre completo del jefe periodístico o editor responsable, tipo de medio, dirección, teléfono y correo electrónico de contacto y servicio informativo que brinda.

Datos personales de los profesionales: nombre completo, documento de identidad, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, teléfono celular, correo electrónico, tarea o función, y Curriculum Vitae.

Constancia que acredite la existencia y vigencia de la vinculación, relación de dependencia u otra, entre el medio de comunicación solicitante y los profesionales

Copia del título profesional universitario y/o terciario homologado por autoridad competente en caso de tenerlo

Foto 4x4 en formato digital PDF o JPG

La declaración jurada